1- Sancionar provisionalmente con suspensión de una (1) fecha a aquellas parcialidades que provocaren disturbios y/o actos de violencia dentro del ámbito que sirve de escenario a los partidos; o sea, sólo aquello que ocurre antes, durante o después de la disputa del juego dentro del estadio. Esta sanción comprende a todas las Categorías que están disputando los diferentes Torneos
lunes, 18 de marzo de 2013
comunicado de prensa de la afa
El Comité Ejecutivo de la Asociación del Fútbol Argentino resolvió el martes por la noche lo siguiente:
1- Sancionar provisionalmente con suspensión de una (1) fecha a aquellas parcialidades que provocaren disturbios y/o actos de violencia dentro del ámbito que sirve de escenario a los partidos; o sea, sólo aquello que ocurre antes, durante o después de la disputa del juego dentro del estadio. Esta sanción comprende a todas las Categorías que están disputando los diferentes Torneos
1- Sancionar provisionalmente con suspensión de una (1) fecha a aquellas parcialidades que provocaren disturbios y/o actos de violencia dentro del ámbito que sirve de escenario a los partidos; o sea, sólo aquello que ocurre antes, durante o después de la disputa del juego dentro del estadio. Esta sanción comprende a todas las Categorías que están disputando los diferentes Torneos
2- Si la parcialidad que lo provocare fuera del club que actúa como
local, la suspensión habrá de cumplirla jugando el próximo partido en
esa condición, a puertas cerradas. Si la parcialidad fuera la visitante,
le estará prohibida la asistencia en el primer partido en tal
condición.
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